El
Parlamento de Venezuela, controlado por la oposición tras las
últimas elecciones, aprobó el pasado 23 de marzo la
Ley de Amnistía y Reconciliación Nacional, presentada, según
dicen, como una norma necesaria para liberar a los opositores presos
e iniciar un proceso de reconciliación nacional.
Vale
la pena analizar esta ley de amnistía que, según sus primeras
líneas, dice que se inspira en su Santidad el Papa Francisco. Sus
defensores la presentan como una ley destinada a sentar las bases
para la reconciliación. De ahí que tenga como objetivo poner fin a
la persecución y al castigo penal respecto de determinados delitos,
con la finalidad de cerrar heridas políticas o sociales que
dificultan la convivencia y de crear condiciones propicias para la
participación de todos los sectores en los asuntos públicos.
Hasta
aquí nada que objetar. Como es lógico, se detallan los hechos
punibles y específica que serán amnistiados todos los cometidos
desde el 1 de enero de 1999 y hasta la entrada en vigor de la Ley. Es
decir, durante el periodo de gobierno de Hugo Chávez y Nicolás
Maduro, lo cual no deja de ser curioso puesto que se establecen qué
delitos, según la nueva Asamblea, dejan de serlo por haberse
cometido durante el gobierno bolivariano. Pero lo necesario e
interesante es ver cuáles son esas actuaciones que ahora dejarán de
ser perseguidas y penadas.
El
articulado muestra que el objetivo no es otro que amnistiar cualquier
hecho delictivo que se hubiese cometido siempre que fuese con el
objetivo de derrocar al gobierno:
Cuando se hayan cometido o puedan haberse cometido por la
participación en manifestaciones o protestas o en reuniones que
hayan tenido una finalidad política, incluso si han estado dirigidos
a cambiar el orden institucional o el gobierno establecido,
acompañados o no de acciones consideradas conspirativas.
No
quisiera entrar a especificar los delitos mencionados en dicha norma,
ya que ellos han sido precisados con suficiente amplitud por juristas
de connotada trayectoria; solo puntualizar que dichos delitos que se
encuentran contemplados en esta Ley de Amnistía y Reconciliación
Nacional están
tipificados en el Código Penal, la Ley Orgánica contra la
Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo y la Ley
Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes.
La única condición que establece la ley es que se hayan cometidos
en el marco de movilizaciones contra el gobierno. Parecería que, en
ese caso, todo vale.
Quisiera
plantear mi punto de vista basado en lo siguiente. Toda
normativa puede aprobarse por dos vías: ley y decreto-ley. La
primera es promulgada por la vía del Poder Ejecutivo, una vez la
Asamblea Nacional la apruebe. Y la segunda no necesita de la
aprobación del Presidente; la propia Asamblea Nacional promulga y
publica en Gaceta Oficial. Es aquí donde entro a analizar lo
siguiente: ¿Qué sentido tiene haberla aprobado vía Ley y no vía
decreto Ley? Habiendo
hecho un análisis serio del contenido, todo indica que dicha ley fue
hecha a sabiendas de no ser aprobada, ya que su contenido mete en un
solo saco los delitos políticos y los delitos comunes, ademas
incluye elementos con carácter inconstitucional. En pocas palabras,
están buscando que sea el Presidente Nicolás Maduro el que haga la
objeción de constitucionalidad para luego decirle al país que el Poder
Legislativo así como la Sala Constitucional y el Tribunal Supremo de
Justicia no los quieren dejar legislar. Todo ese discurso buscando
que no se le apruebe y así poder decir al mundo entero que en
Venezuela no se respeta la separación de poderes.
Este
peligroso vericueto de Ley encierra una pretensión maquiavélica y
un precedente funesto y criminal que eliminaría de cuajo todo
propósito de defensa y sostenimiento de un Estado de Derecho en un
Gobierno que se considere y precie de ser justo y democrático. Lo
que se pretende es no menos que desconocer el propio delito, a las
víctimas, la justicia y por sobre todo crear un terrorista
antecedente que permitiría retroceder hasta la Ley del Talión en la
mediación de crímenes y delitos que atenten con la paz ciudadana, lo mismo que la desconsideración total sobre las víctimas, el débil
jurídico, para no menos que asesinar ante la historia y perpetuar
con rango de Ley el dolor de las innumerables víctimas y sus
familiares.
Atentamente.
Camarada
y hoy más que nunca soldado de esta revolución
Hugo
Maffi Rojas
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